La reforma del C贸digo Penal atenta contra la libertad y los derechos de las personas con enfermedad mental y las personas con discapacidad intelectual
"¡Atenci贸n peligro! ¿Vuelve la peligrosidad social?"
•elmercuriodigital ▫ Servimedia.- La reforma de la Ley Org谩nica 10/1995 del C贸digo Penal que se encuentra en tr谩mite parlamentario atenta contra la libertad y los derechos de dos colectivos, las personas con enfermedad mental y las personas con discapacidad intelectual.En dicho proyecto se establece una perversa correlaci贸n entre estas personas y la peligrosidad y se esteblecen medidas de seguridad 'solo' para ellas, lo que resulta claramente discriminatorio. Estas medidas son prorrogables de manera indefinida, como si de una cadena perpetua se tratara. Solo para ti, por ser t煤 quien eres. Por ser como eres.
Cuando una persona con enfermedad mental o discapacidad intelectual comente un delito y es absuelta por no ser responsable de sus actos, el C贸digo Penal actual establece que sean ingresados en un centro adecuado.
"Pero no hay centros adecuados", afirma tajante Irene Mu帽oz, abogada y asesora jur铆dica de Feafes (Confederaci贸n Espa帽ola de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental) en un reportaje que publica el 煤ltimo n煤mero de 'cermi.es semanal'.
Lo que hay en Espa帽a son instalaciones psiqui谩tricas penitenciarias en Sevilla y Valencia. Centros en los que tampoco se vela por su reinserci贸n ni se recibe un tratamientos adecuado, lo que atenta contra un principio constitucional: p谩rrafo 2 del art铆culo 25 de la Constituci贸n espa帽ola: "Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estar谩n orientadas hacia la reeducaci贸n y reinserci贸n social".
Esa es la base de todos los problemas, no existe una atenci贸n sociosanitaria adecuada para estas personas, y al fallar estos servicios falla todo lo demas. Desde Feafes se advierte esta realidad y se帽alan: "si se analizan los factores de riesgo que pueden afectar a algunas personas con trastornos mentales, se observar谩 que entre los m谩s destacados se encuentra la falta de atenci贸n sociosanitaria adecuada a sus necesidades". Es decir, el tratamiento es fundamental como medida preventiva y desde luego necesario como recurso y alternativa al encierro en cualquier instituci贸n penal.
Seg煤n Irene Mu帽oz: "La enfermedad mental requiere atenci贸n sociosanitaria adecuada tal y como nos propone la Convenci贸n, mirando a la persona, sus circunstancias, su situaci贸n y c贸mo le afecta la enfermedad, y d谩ndole los recursos. Hay modelos en nuestro entorno, como en Reino Unido, donde no se les env铆a al 谩mbito penitenciario, se les atiende en el sanitario, se preparan los centros para atender a estas personas, que han cometido determinados hechos, sin conciencia ninguna, se les trata como un problema de salud".
Entre los grupos parlamentarios tambi茅n surgen voces que reclaman otra realidad, tal y como afirma Emilio Olabarr铆a, diputado del PNV en el Congreso de los Diputados y portavoz en la Comisi贸n de Justicia: "Los centros psiqui谩tricos en las prisiones espa帽olas o no existen o sus recursos son muy deficientes y en el 谩mbito penitenciario resulta imposible aplicar medidas terap茅uticas necesarias para atender a la enfermedad mental".
Tambi茅n, seg煤n el actual C贸digo Penal, si una persona comete un delito y se le considera no imputable lo habitual es que se le aplique una medida de seguridad que consiste generalmente en el internamiento en un centro psiqui谩trico, en el que no podr谩 estar ingresado m谩s tiempo del que hubiera tenido que cumplir si hubiera ido a la c谩rcel.
CAMBIOS EN EL PROYECTO
Si contemplamos, pues, el actual C贸digo Penal, partimos desde luego de una situaci贸n muy mejorable, sin embargo el proyecto de reforma presentado por el Gobierno actual logra empeorar gravemente la situaci贸n.
El proyecto del Ministerio de Justicia "abre la posibilidad de que una persona pueda ser internada en un centro psiqui谩trico de manera indefinida a trav茅s de la figura de las medidas de seguridad prorrogables, sin establecer un l铆mite de pr贸rrogas, algo que en la pr谩ctica se convertir铆a en una especie de cadena perpetua", explican en Feafes.
Y as铆 lo aclara Irene Mu帽oz: "Con el proyecto que est谩 en marcha, la persona cumple los a帽os que le corresponden, pero a la hora de salir, cuando se extingue la medida y se cumple el tiempo, se valora si hay riesgo de que cometa futuros delitos cuando salga, y se puede prorrogar por un periodo de cinco a帽os... pasados esos cinco a帽os pueden prorrogarse otros cinco a帽os, y as铆 de manera indefinida, y es la pescadilla que se muerde la cola, porque esas personas no est谩n atendidas de manera adecuada y por eso no se recuperan bien y de esa manera, podr铆an quedarse siempre dentro".
C脫MO SE VALORA LA PELIGROSIDAD
Es en esta cuesti贸n donde surgen los principales problemas, la injusticia y la discriminaci贸n. Desde Feafes y otros colectivos se preguntan ¿c贸mo y qui茅n valora la peligrosidad? "relacionar la enfermedad mental con el concepto subjetivo de peligrosidad es una conclusi贸n que no ha sido avalada por ning煤n estudio cient铆fico. Afirmaciones o deducciones como esta son discriminatorias, ayudan a mantener los prejuicios y dificultan la integraci贸n social de todas aquellas personas con un problema de salud mental", explican en Feafes.
Seg煤n la Asociaci贸n Espa帽ola de Neuropsiquiatr铆a (AEN), "la peligrosidad no es un concepto cl铆nico ni psicopatol贸gico. No hay fundamento cient铆fico para que los profesionales de la salud mental puedan evaluar la presunta peligrosidad de la persona".
Seg煤n Irene Mu帽oz, el 3% de las personas con enfermedad mental grave ha cometido un delito, un porcentaje muy inferior al del resto de la poblaci贸n: "la idea de que estas personas son peligrosas y hay que reducirlas y excluirlas para que no haya alarma est谩 fundada en datos que no son reales, porque en la estad铆stica no est谩 fundado ya que no es as铆, ser铆a todo lo contrario, tendr铆an que encerrarnos a los dem谩s; si uno mira las estad铆sticas, da m谩s miedo ir por la calle y toparse con un cuerdo que con una persona con cualquier tipo de trastorno. Tampoco est谩 fundado en la ciencia, porque los informes demuestran que no se puede determinar este futuro. La psiquiatr铆a no es una ciencia exacta, no se puede determinar qu茅 va a hacer la persona en el futuro, no son videntes ni tienen medios ni herramientas para poder decir que esa persona va a cometer futuros delitos. Todo est谩 fundado en el estigma y se mueve en el terreno de las probabilidades, y en funci贸n de esas probabilidades, se priva de un derecho fundamental que es la libertad. ¡Es tremendo!".
Seg煤n Emilio Olabarr铆a: "No solo resulta discriminatorio sino probablemente inconstitucional. Se produce una preterici贸n del principio de igualdad ante la ley porque ni todas las personas con problemas de enfermedad mental son peligrosas, ni todas las personas no afectadas por esta patolog铆a son personas que no puedan ofrecer perfiles de peligrosidad. Estamos solicitando la retirada del texto en su conjunto, precisamente por basarse esta reforma en un concepto jur铆dicamente no mensurable como es la peligrosidad".
Estas pol茅micas medidas de seguridad del proyecto son tambi茅n rechazables para otros grupos, tal y como explica Julio Villarrubia, portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en la Comisi贸n de Justicia: "Por esa raz贸n, en nuestra enmienda de totalidad incluimos, como uno de los motivos del rechazo frontal del proyecto y por lo tanto la postulaci贸n de su devoluci贸n al Gobierno, lo que consideramos la criminalizaci贸n de las personas con enfermedad mental".
Y a帽ade: "En los casos en que existe alg煤n peligro se debe a que no est谩n tratadas adecuadamente debido a la carencia de medios en la atenci贸n sanitaria y social; ello supone la vulneraci贸n de los derechos enunciados en la Convenci贸n Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, de obligado cumplimiento y aplicaci贸n por parte de Espa帽a".
Algo parecido opina Montse Surroca, portavoz de Justicia de CiU: "El concepto de peligrosidad es un concepto jur铆dico indeterminado y la valoraci贸n que se tiene que hacer sobre si una persona puede ser peligrosa en un futuro comporta unos niveles de arbitrariedad e inseguridad y adem谩s, estigmatiza a las personas por el hecho de tener una enfermedad mental".
No hay nada que justifique siquiera una alarma social, afirma Irene Mu帽oz: "Ahora mismo no hay nada sobre la mesa que explique si en la sociedad hay una alarma por los trastornos mentales, hay la de siempre, no hay variaciones ni picos en este sentido, el estigma est谩 como siempre, no ha habido repuntes, por lo tanto, no hay una justificaci贸n social para endurecer las medidas. La 煤nica que se nos ocurre es que el sistema sociosanitario no funciona. La verdadera realidad, la m谩s ignorada, es la peligrosidad manifiesta de un sistema sociosanitario que condena a la persona a una desatenci贸n perpetua o a tratamientos inoperantes".
Seg煤n Feafes, en el proyecto no se detalla "cu谩ndo, c贸mo ni d贸nde se har谩 la evaluaci贸n para determinar si se debe prorrogar el internamiento de una persona en un centro psiqui谩trico y esto genera una enorme inseguridad jur铆dica". Y seg煤n Irene Mu帽oz: "La inseguridad jur铆dica es lo peor con lo que te puedes topar, cuando hay inseguridad jur铆dica se abre la puerta a la arbitrariedad".
DERECHO PENAL
"El trastorno mental vuelve desde el campo sanitario al jur铆dico-penal, ya que, antes que enfermedad, es vuelto a considerar peligro o amenaza", aseveran desde la AEN. Y afirman: "Resulta muy grave la mutaci贸n de un derecho penal del hecho en derecho penal de autor. El derecho penal del hecho exige contextualizar las conductas, analizar el hecho delictivo en sus circunstancias y extraer de tal an谩lisis los motivos y las eventuales consecuencias. El derecho penal de autor permite descontextualizar las conductas, vincul谩ndolas a las caracter铆sticas personales del sujeto".
En otras palabras, en voz de Irene Mu帽oz: "Estas medidas de seguridad, la posibilidad de pr贸rroga sin l铆mite, es una especie de cadena perpetua, por ser t煤 quien eres, volviendo al derecho penal de autor, no al del hecho, por ser t煤 quien eres te aplico este sistema, y encima ocurre con una persona m谩s vulnerable, porque tiene un trastorno y no tiene herramientas para luchar".
Para Olabarr铆a, es m谩s grave de lo que hemos analizado hasta ahora, y as铆 lo explica: "Hemos presentado nuestra enmienda de totalidad y la devoluci贸n del texto al Gobierno. La situaci贸n es m谩s grave que la que ustedes comentan porque las medidas de seguridad pueden durar tanto como la posible peligrosidad contin煤e existiendo, y por lo tanto se convierte en una pena cruel y degradante, de las prohibidas por la convenci贸n".
Seg煤n la AEN: "El proyecto de reforma del C贸digo Penal forma parte de un conjunto de medidas legislativas destinadas a la sustituci贸n apresurada de nuestro precario estado de bienestar por un "estado caritativo" que culminar谩 en un "estado penal", proceso en el que las pol铆ticas sociales est谩n siendo progresivamente sustituidas por pol铆ticas de vigilancia y control, que incluye la "contenci贸n punitiva" de las categor铆as sociales m谩s desfavorecidas".
ALTERNATIVAS
El presidente de Feafes, Jos茅 Mar铆a S谩nchez Monge, pidi贸 en el Congreso de los Diputados que se retire por "injusta" la asociaci贸n entre los t茅rminos "peligrosidad" y "enfermedad mental" de la reforma del C贸digo Penal. S谩nchez Monge intervino en la Comisi贸n de Justicia y explic贸 que es "injusto" asociar la "peligrosidad" a las personas con "enfermedad mental" porque no son en s铆 peligrosas. Lo que ocurre, se帽al贸, es que, por su enfermedad, pueden cometer a veces actos que s铆 pueden considerarse peligrosos.
A su parecer, ser铆a posible minimizar estos actos con un sistema social y sanitario capaz de ofrecer una buena atenci贸n a estos pacientes. S谩nchez Monge afirm贸 que el borrador de la reforma del C贸digo Penal ha hecho saltar algunas "alarmas" a Feafes, que ha elaborado una serie de recomendaciones para que los grupos parlamentarios las tengan en cuenta a la hora de tramitar el proyecto de ley en el Parlamento.
La entidad aconseja que la ley tenga "un mayor enfoque de derechos humanos", ya que la Convenci贸n de la ONU para los Derechos de las Personas con Discapacidad "tiene dif铆cil encaje" en ella, tal y como est谩 ahora concebida. Del mismo modo es partidaria de que se incorpore en la exposici贸n de motivos de la norma la perspectiva de que muchas de las situaciones de riesgo que afectan a las personas con trastorno mental y las hacen cometer un hecho delictivo "se pueden prevenir desde una red de servicios sociosanitarios adecuada, que atienda a la persona desde una perspectiva integral.
La confederaci贸n aboga tambi茅n en sus recomendaciones por buscar alternativas a la prisi贸n ordinaria para las personas que teniendo que cumplir una condena presenten tambi茅n un trastorno mental y por no primar el internamiento en centros penitenciarios ni en centros psiqui谩tricos por encima de tratamientos en el 谩mbito sociosanitario, "mucho m谩s adecuado para tratar con dignidad este tipo de problemas de salud".
A este respecto, S谩nchez Monge apunt贸 que "ser铆a muy valorable" que se siguiera el ejemplo de pa铆ses como Reino Unido, Irlanda o Noruega, donde se ha adoptado un enfoque de derechos humanos basado en la atenci贸n sociosanitaria y que prima claramente sobre la penitenciaria. De esta forma, insisti贸, el sistema que atiende al paciente con trastorno mental es el sanitario y no el penitenciario.
PERPETUAR EL ESTIGMA
Finalmente, pero no menos importante, hay que destacar que estas iniciativas contribuyen a empeorar la situaci贸n de un colectivo ya de por s铆 excluido y estigmatizado, y as铆 lo entienden en Feafes: "Contribuye a consolidar un ideario en torno a las personas con enfermedad mental que, careciendo de toda base cient铆fica o estad铆stica, solo puede estar basado en el estigma y por tanto, en dar por ciertas determinadas creencias alimentadas por los prejuicios".
Son, una vez m谩s los prejuicios los que capitanean la directriz del legislador. Pero estamos a tiempo de corregir ese desfase con la realidad. Nos jugamos la dignidad de algunas personas. La ocasi贸n lo vale. Lo merece.
Y por eso, desde Feafes, decididos a actuar contra la reforma del C贸digo Penal impulsada por el Gobierno, han editado un folleto en el que resumen los 10 principales motivos de su oposici贸n a la reforma.
Adem谩s, piden a cualquier persona decidida a defender los derechos de las personas con trastorno mental y sus familias que les apoyen con su firma en esta petici贸n en change.org, y que la difundan por todos los medios a su alcance.